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Programas internos

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Objetivo

El programa interno de protección civil, es un instrumento de planificación y operación que se circunscribe al ámbito de una dependencia, entidad, institución u organismo de la administración pública federal y los sectores privado y social, que previene y prepara a la organización para responder efectivamente ante la presencia de riesgos que pudieran generar una emergencia o desastre dentro de su entorno.
Su propósito principal es el diseño y activación de medidas preventivas y de respuesta ante escenarios de emergencia, que permitan garantizar la continuidad de las funciones sustantivas de la institución u organismo, salvaguardar la integridad física de las personas que laboran o concurren como usuarios a sus inmuebles y proteger los bienes propiedad de los mismos..

Marco Jurídico

NIVEL FEDERAL

Se considera la Actualización de la Ley General de Protección Civil, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio del 2012, donde sita en el Articulo 40.- Los inmuebles e instalaciones fijas y móviles de la dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social, a que se refiere el Reglamento de esta Ley, deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil. Dicho programa deberá ser elaborado, actualizado, operado y vigilado por una Unidad Interna de Protección Civil.

NIVEL ESTATAL

En el caso de Quintana Roo:
En el artículo 72 de la ley estatal de protección civil de Quintana Roo, indica los administradores, gerentes, poseedores, arrendatarios o propietarios de edificaciones, que por su uso y destino reciban una afluencia masiva de personas, o que por sus características representen algún riesgo para la población, están obligados a elaborar un Programa Interno de Protección Civil, así como capacitar a su personal en la materia, que deberá ser supervisado por la Coordinación Estatal, el que podrá actuar por sí o por conducto de la Dependencia Municipal de Protección Civil de la jurisdicción correspondiente.

Nuestras Normas de Elaboración

NOM--001--STPS--2008

Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo. Condiciones de seguridad.

NOM--002--STPS--2010

Condiciones de seguridad y protección contra incendios en los
centros de trabajo.

NOM--003--SEGOB--2011

Señales y avisos para Protección Civil.- Colores, formas y simbolos

NOM--004--STPS--1999

Sistemas de Protección y dispositivos de Seguridad en la Maquinaria y equipo

NOM--005--STPS--1998

Relativa a las condicionees de seguridad e higiene en los centro de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias quimiicas peligrosas.

NOM--018--STPS--2000

Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias quimicas peligrosas.

NOM--026--STPS--2008

Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

Tiempo de Elaboración

Para la elaboración del Plan de Emergencia o Programa Interno de Protección Civil de Protección Civil, PROMOTORA DE MEDIOS Y SERVICIOS EN SEGURIDAD LABORAL S.C. se toma 5 a 7 días hábiles después de la entrega de la Información completa por parte del cliente.
Todo el procedimiento puede verificarse por el número de orden, que se recibe una vez realizado el primer depósito por el pago de anticipo.
Nota: * En caso de Urgencias se puede acelerar el proceso de elaboración.

¿Quiénes deben realizar el Programa Interno?

El artículo 78 de la Ley General de Protección Civil establece:

Los particulares que por su uso y destino concentren o reciban una afluencia masiva de personas, están obligadas a contar con una unidad interna de protección civil y elaborar un programa interno, en los términos que establezca esta Ley y su reglamento, sin perjuicio de lo señalado en los respectivos ordenamientos locales.

El artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Protección Civil establece:

El Programa Interno de Protección Civil será de aplicación general y obligado cumplimiento a todas las actividades, centros, establecimientos, espacios e instalaciones fijas y móviles de las dependencias, entidades, instituciones, organismos, industrias o empresas pertenecientes a los sectores público, privado y social del país, que puedan resultar afectadas por siniestros, emergencias o desastres.

¿Quiénes pueden asesorarte en la elaboración de Programas Internos?

Para que los particulares o dependencias públicas puedan ejercer la actividad de asesoría, capacitación, evaluación, elaboración de programas internos de protección civil, de continuidad de operaciones y estudios de vulnerabilidad y riesgos en materia de protección civil, deberán contar con el registro expedido por la autoridad competente de protección civil, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento de esta Ley. El registro será obligatorio y permitirá a los particulares o dependencias públicas referidas en el párrafo anterior, emitir la carta de corresponsabilidad que se requiera para la aprobación de los programas internos y especiales de protección civil.
Promotora de Medios y Servicios en Seguridad Laboral S.C. cuenta con los registros 2018 ante Protección Civil en Quintana Roo y Yucatán para:
-Evacuación y Elaboración e Implementación de Programas Internos de Protección Civil en Inmuebles de Uso Público y Privado
-Prevención y Combate Contra Incendios
-Primeros Auxilios
-Búsqueda y Salvamiento.

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